En Canarias el consumo no se grava con el IVA peninsular, sino con un sistema propio que cambia la forma de facturar, comprar e importar mercancías. La duda sobre el IVA en Canarias suele resolverse rápido cuando se entiende qué es el IGIC, qué tipos se aplican en 2026 y cómo afecta a empresas, autónomos y compras online. Aquí voy a ir a lo práctico: impuestos, facturas, importaciones y errores que conviene evitar.
Lo esencial del impuesto indirecto canario en una sola lectura
- En Canarias no se aplica el IVA peninsular: el impuesto habitual es el IGIC.
- El tipo general del IGIC es del 7%, pero existen tipos del 0%, 3%, 5%, 9,5%, 15% y 20%.
- En 2026 hay medidas temporales con tipo cero para ciertos combustibles y algunos básicos de alimentación.
- Las compras desde la península, la UE o fuera de la UE pueden terminar como importaciones sujetas a IGIC y, en algunos casos, AIEM.
- Las empresas deben adaptar facturación, contabilidad y modelos tributarios al criterio canario, no al peninsular.
Por qué el IVA no es el impuesto correcto en Canarias
Yo lo explico siempre de forma simple: en Canarias no se aplica el IVA como en la península y Baleares, sino el IGIC, el Impuesto General Indirecto Canario. No es una versión rebajada del mismo tributo, sino un esquema distinto, integrado en el Régimen Económico y Fiscal de Canarias y gestionado por la Agencia Tributaria Canaria.
La Comisión Europea sitúa Canarias fuera del ámbito del IVA comunitario, así que, a efectos prácticos, el tratamiento fiscal cambia tanto en ventas internas como en operaciones con el exterior. Eso afecta al precio final, a la factura, a los envíos y a la forma en que una empresa registra sus operaciones. Si alguien sigue aplicando el patrón del 21% o del 10% por inercia, el error no es pequeño: rompe la coherencia fiscal y suele arrastrar problemas de cobro, declaración y contabilidad.
La clave operativa es esta: el IGIC grava las entregas de bienes y prestaciones de servicios hechas en Canarias por empresarios y profesionales, y también grava las importaciones de bienes al territorio canario. Con esa base clara, ya tiene sentido mirar qué tipos existen y cuándo cambia el porcentaje aplicable.
Los tipos del IGIC que más vas a ver en 2026
La estructura del IGIC es más flexible que la del IVA peninsular y, por eso, conviene no quedarse solo con el tipo general. La Agencia Tributaria Canaria publica el detalle por mercancía y régimen, porque el porcentaje puede depender del producto exacto y no solo de una categoría amplia. Yo me quedo con una regla mental útil: si no hay una excepción clara, el punto de partida suele ser el 7%.
| Tipo | Cuándo aparece | Qué implica en la práctica |
|---|---|---|
| 0% | Operaciones con tipo cero y medidas temporales de 2026 | No se repercute cuota, pero la operación sigue requiriendo control documental. |
| 3% | Determinados bienes básicos y categorías concretas | Reduce el precio final, pero exige comprobar que el producto encaja exactamente. |
| 5% | Supuestos específicos previstos por la norma | No conviene asumirlo por familia de producto; hay que verificar el caso concreto. |
| 7% | Tipo general | Es el tipo más frecuente cuando no existe una regla especial. |
| 9,5% | Determinados bienes o servicios con tipo incrementado | Se aplica a supuestos concretos que no siguen el tipo general. |
| 15% | Otros casos incrementados | En 2026, por ejemplo, afecta a determinadas bebidas energéticas. |
| 20% | Tipo especial | Se reserva para categorías muy concretas, sobre todo tabaco. |
En 2026 hay además cambios temporales que merece la pena tener en el radar: desde el 8 de abril hasta el 30 de junio se aplica tipo cero al petróleo y sus derivados, al gas, a las briquetas y pellets de biomasa y a la leña; desde el 1 de julio, el gas pasa al 1%. También se ha llevado al 0% la sal, la mantequilla y el café tostado. Son medidas puntuales, pero en una tienda, un ERP o una previsión de margen pueden marcar diferencia.
Si vendes o compras con regularidad, yo no intentaría memorizar listas interminables de porcentajes. Me quedaría con el esquema general y verificaría el producto o servicio exacto antes de automatizarlo. Con eso claro, el siguiente paso es ver cómo se refleja en una factura real.
Cómo aparece el impuesto en la factura y cómo se calcula el precio final
En la factura canaria no debería aparecer el IVA peninsular como referencia por defecto. Lo correcto es separar base imponible, tipo aplicado, cuota de IGIC y total. Parece obvio, pero aquí es donde más errores veo cuando un negocio usa una plantilla pensada para la península y luego la “adapta” a medias.
Un ejemplo sencillo ayuda más que muchas explicaciones:
| Base | Tipo | Cuota | Total |
|---|---|---|---|
| 100 € | 7% | 7 € | 107 € |
| 100 € | 3% | 3 € | 103 € |
| 100 € | 0% | 0 € | 100 € |
En operaciones B2B esto importa todavía más, porque la factura no solo sirve para cobrar: también alimenta la contabilidad, los libros de registro y los modelos tributarios. Si el software de facturación no distingue territorio, tipo de operación y exenciones, el problema no es estético: acaba en asientos mal clasificados, impuestos mal calculados y margen comercial mal medido.
Yo suelo decir que una factura bien montada ahorra más tiempo que una negociación de precio. Y cuando la operación cruza fronteras fiscales, ese ahorro se nota todavía más, así que merece la pena mirar qué pasa con compras y envíos fuera de Canarias.
Qué cambia cuando compras desde la península, la UE o fuera de España
Las operaciones con Canarias no se tratan como una compra corriente dentro del territorio de IVA. Para bienes, la regla práctica es clara: si la mercancía entra en Canarias, puede nacer una importación sujeta a IGIC y, según el producto, también a AIEM, el arbitrio canario que afecta a determinadas mercancías importadas o producidas localmente. No conviene confundirlos: uno es el impuesto indirecto general; el otro cumple una función más selectiva sobre ciertos bienes.
| Escenario | Tratamiento habitual | Qué debes prever |
|---|---|---|
| Compra a un proveedor canario | Factura con IGIC | El precio ya sale con el impuesto canario correspondiente. |
| Compra a un proveedor de la península | La operación sale del circuito de IVA y entra en el de importación en Canarias | Puede haber despacho, IGIC y, en algunos bienes, AIEM. |
| Compra a un proveedor de la UE | Canarias sigue fuera del ámbito del IVA europeo | La mercancía puede liquidarse como importación al llegar a las islas. |
| Compra fuera de la UE | Aduanas + IGIC + posibles gravámenes adicionales | Es el caso con más impacto en coste y plazos. |
En servicios, la casuística es más delicada que en mercancías. No siempre se aplica el mismo criterio que a una entrega de bienes, así que yo no copiaría sin más la lógica de un envío físico. Si una empresa vende software, consultoría o servicios digitales, tiene que revisar la localización de la operación y el tipo de servicio antes de decidir el tratamiento fiscal.
La conclusión operativa es sencilla: vender o comprar con Canarias exige pensar en origen, destino y naturaleza de la operación. Cuando eso no está claro, el coste fiscal suele aparecer tarde, justo cuando ya se ha cerrado el precio comercial. Por eso la parte administrativa merece casi tanta atención como la tributaria.
Qué modelos y rutinas necesita una empresa para no improvisar
Si gestionas una empresa o eres autónomo, yo no separaría este tema de la operativa diaria. El IGIC no solo cambia el porcentaje; también cambia los modelos, los regímenes y el calendario de cumplimiento. La Agencia Tributaria Canaria mantiene trámites específicos para alta, autoliquidación, declaraciones ocasionales, devoluciones y regímenes especiales, así que el flujo administrativo tiene que estar bien definido desde el principio.
| Modelo | Para qué sirve | Cuándo lo veo en la práctica |
|---|---|---|
| 400 | Declaración censal de comienzo, modificación o cese | Alta, cambios de actividad o cierre. |
| 412 | Declaración ocasional | Operaciones puntuales sujetas a IGIC. |
| 414 | Solicitud de devolución para empresarios o profesionales no establecidos en Canarias | Casos en los que un no establecido soporta IGIC y solicita devolución. |
| 417 | Suministro Inmediato de Información - autoliquidación | Empresas obligadas al SII canario. |
| 420 | Régimen general. Declaración-liquidación trimestral | La autoliquidación ordinaria de muchas empresas. |
| 421 | Régimen simplificado. Declaración-liquidación trimestral | Negocios acogidos al régimen simplificado. |
| 425 | Resumen anual | Cierre informativo del ejercicio. |
| 424 | Régimen especial de comerciantes minoristas | Comercios minoristas que operan bajo ese régimen. |
Yo aquí haría una recomendación muy poco glamourosa pero muy útil: automatiza las reglas por destino en el ERP o en la plataforma de facturación. Si el sistema no distingue Canarias, península, UE y extracomunitario, tarde o temprano terminarás corrigiendo facturas a mano. Y cuando hay volúmenes medios o altos, corregir a mano significa duplicar trabajo y aumentar el riesgo de error.
También conviene vigilar los cambios normativos que afectan a pequeños negocios. En 2026 se ha aprobado una ampliación del umbral del REPEP hasta 50.000 euros desde el 1 de enero de 2027, con una ventana extraordinaria en julio de 2026 para ciertos contribuyentes. No es el centro de este artículo, pero sí una pista de por dónde va la gestión tributaria canaria: más segmentación y más atención al tamaño real del negocio.
Con la parte administrativa en orden, el último paso es evitar los fallos típicos que he visto repetirse una y otra vez en empresas que operan entre territorios.
La regla práctica que yo aplicaría si facturo o compro con Canarias
Si tuviera que resumirlo en una sola idea, diría esto: no basta con cambiar un porcentaje; hay que cambiar el circuito fiscal completo. En Canarias el error más caro no suele ser el importe del impuesto en sí, sino la combinación de factura, logística, régimen y software mal configurados.
- No uses la plantilla de IVA peninsular como si fuera válida por defecto.
- Separa siempre IGIC y AIEM cuando la operación lo requiera.
- Revisa los tipos especiales y las medidas temporales de 2026 antes de cerrar precios.
- Comprueba si la operación es una venta local, una importación o un servicio con reglas propias.
- Si tu negocio vende a varias zonas, configura reglas fiscales por territorio y no por intuición.
Mi lectura final es muy concreta: Canarias necesita una gestión tributaria más ordenada que la media, pero no más complicada si el sistema está bien montado. Cuando la facturación, la contabilidad y la logística hablan el mismo idioma, el IGIC deja de ser un problema y pasa a ser simplemente una regla más del negocio.